miércoles, 29 de octubre de 2014

El Plazo como condición accesoria

Claro ejemplo de un plazo cierto, una fecha determinada.
El Plazo debe cumplirse siempre fatalmente. Aún en las hipótesis de plazo incierto, lo único que no se conoce es el momento exacto en que se cumplirá el plazo, pero no cabe duda que ese acontecimiento futuro va a ocurrir forzosamente.
Como por ejemplo: Cuando alguien se obliga a pagar una suma de dinero cuando fallezca una persona determinada, estamos frente a un plazo incierto, no hay condición porque es un hecho que fatalmente se debe producir.

Paralelo entre Condición y Plazo

Condición:
  • Suspende el nacimiento de un derecho.
  • Puede encontrarse fallida.
  • Es una modalidad.
  • Hchos futurosPermiten impetrar medidas conservativas.
  • Puede repetirse lo que se ha dado antes de que se cumpla la condición.
  • No se puede establecer judicialmente.

Plazo:
  • Suspende el ejercicio de un derecho.
  • No puede encontrarse fallida porque es un hecho cierto.
  • Es una modalidad.
  • Hechos futuro.
  • Permiten impetrar medidas conservativas.
  • El plazo no da derecho a repetir antes de que se cumpla.
  • Existen plazos judiciales.


Clasificación de los Plazos

Suspensivo: Se lo llama también inicial porque desde ese instante va a comenzar el ejercicio de un derecho. Por ejemplo, a los 90 días de la fecha pagaré a Fulano $ 60.000 pesos. Ese plazo es suspensivo, porque debe esperarse que transcurran los 90 días desde la fecha del documento para que recién sea exigible la obligación.

Resolutorio: Por ejemplo, la llamada renta vitalicia, en este caso una persona está obligada a pagar a otra, una renta mientras viva. Producida la muerte del que recibe la renta se extingue la relación jurídica.
Otro ejemplo, el salario familiar. El Estado o cualquier patrón, pagan a sus empleados una suma adicional por cada hijo que tenga menos de cierta edad; cuando el hijo llega a esa edad, se extingue el derecho a cobrar el salario familiar.

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